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Browsing by Autor "Borelli Geldrez, Dianaa"

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    "Modificación del decreto supremo Número 100 del 29 de abril de 2009, para establecer los requisitos para el registro e inscripción de la sociedad civil de abogados"
    (Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, 2010) Mamani Poma, Ruth; Borelli Geldrez, Dianaa
    A razón del decreto supremo N. 100 del 29 de septiembre de 2009, emitido por el gobierno, encargando su ejecución y cumplimiento del presente, al ministerio de justicia decreto que estatuye la abolición del cobro de sellados, timbres y valorados como, también regula e implementa el registro público de profesionales abogados, para habilitar al ejercicio profesional que antes era restringida por los colegios de abogados. Contextualizando este decreto, en la que se consagra lo dispuesto en nuestra constitución política del estado, como el derecho a la libre asociación a una fuente laboral estable, también señala que se protegerá el ejercicio del trabajo en todas sus formas, se determina la potestad de impartir justicia que emana del pueblo boliviano y se sustenta en los principios de independencia, imparcialidad seguridad jurídica, publicidad, probidad, celeridad, gratitud, entre otros. Pero podemos advertir el vació, que existe respecto de la sociedad civil de abogados, si bien en el Decreto Supremo Nº 100, establece los lineamientos del registro para el ejercicio libre de los abogados, no ha sido perfeccionado de modo que tenga fuerza jurídica, garantía para las sociedades civiles, necesaria para que puedan cumplir con el servicio a la sociedad y en beneficio de sus clientes.Toda vez que nos encontramos en un Estado de Derecho, donde hay normas de protección y el derecho que se va desarrollando junto con la sociedad y se requiere por lo tanto, adecuar las normas a la realidad en la que se vive. La sociedad civil de abogados, como lo señala el código civil boliviano es “el contrato de sociedad de dos o más personas convienen en poner en común la propiedad, el uso o el disfrute de cosas o su propia industria o trabajo para ejercer una actividad económica, con el objeto de distribuirse los resultados”, como lo menciona Scaveola: por el contrato de sociedad varias personas se obligan a constituir mediante aportaciones de todas ellas, un fondo destinado a realizar operaciones de carácter civil, para obtener una ganancia común repartible entre aquellas. En la actualidad se puede observar que en diferentes países se trabaja de esta manera en sociedades civiles. Abogados en sus diferentes especialidades ejercen su profesión, para poder colaborar a las personas que los necesitan, cumplir con sus funciones, objetivos y poder plasmar los fines del Derecho, dentro de nuestra sociedad boliviana también se puede ver que se conforman estas sociedades civiles con el mismo objetivo de poder servir a la sociedad, según sus especialidades, para poder brindar un servicio multidisciplinario, estableciendo aportes económicos que conforman el patrimonio de la sociedad para poder posteriormente distribuirse las utilidades en los porcentajes acordados a cada uno de los socios de la sociedad civil de abogados. Debiendo crearse certidumbre jurídica sobre las sociedades en el ámbito profesional acabando con la inseguridad existente, al tener dudas con respecto al registro e inscripción de las Sociedades Civiles de profesionales abogados, con los requisitos imprescindibles, como el Acta de Constitución, NIT, Reglamento Interno, socios, credenciales y otros. Articulo propuesto en el trabajo de Monografía. Por lo tanto al final de la monografía, se llega a la conclusión respectiva que merece el tema de desarrollo, y se plantea la sugerencia, para la modificación respectiva y posteriormente establecer en el Decreto Supremo Nº 1000 del 29 de abril del 2009, los requisitos para el Registro e inscripción de la Sociedad Civil de Abogados
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    "Propuesta jurídica para una política de comercio en el marco del tratado de comercio de los pueblos y el comercio justo"
    (Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, 2011) Jeria Paniagua, Alejandra Thais; Borelli Geldrez, Dianaa
    La Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia establece la economía plural, la que permite la aplicación de nuevas formas de economías como la Economía Alternativa y solidaria que se basa en los principios de igualdad, empleo, medio ambiente, cooperación, sin carácter lucrativo y compromiso con el entorno, identificándose claramente con la filosofía del Vivir Bien que busca el bienestar común. El Comercio justo constituye una faceta de la Economía Alternativa y Solidaria cuya esencia es trabajar deliberadamente con productores y trabajadores marginados del comercio convencional, a quienes se les otorga poder de decisión, por tanto, un rol más amplio y participativo en la economía interna e internacional. Los criterios señalados precedentemente de igual manera han servido de base del Tratado de Comercio de los Pueblos con Cuba y Venezuela, sin embargo, solo establecen las líneas generales, dejando una incertidumbre para la aplicación del Comercio Justo entre Estados. En Bolivia, si bien se hizo un reconocimiento implícito del Comercio Justo, en la actualidad no se cuenta con una herramienta normativa que regule el Comercio Justo, demostrando así la necesidad del planteamiento de una norma jurídica que proporcione un marco normativo claro y preciso para la persona practicante del Comercio Justo, las entidades públicas relacionadas al tema y al plenipotenciario boliviano. Es por eso que la presente tesis propone un Anteproyecto de Ley denominado "LEY DE DESARROLLO DEL COMERCIO JUSTO EN BOLIVIA" que toma los aspectos mencionados. La propuesta jurídica se sustenta en el estudio del Marco Histórico, así como el Marco Jurídico, Marco Práctico y Marco Comparativo, con estos conocimientos fue posible determinar las bases que permitieron formular el presente Anteproyecto de Ley para que pueda ser considerado por las instancias pertinentes encargadas del análisis y la aprobación de la regulación normativa.

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