Browsing by Autor "Gustavo Mendoza Orosco"
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Item type: Item , EL DEBILITAMIENTO DE LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DEL ÓRGANO LEGISLATIVO EN BOLIVIA, ANTE EL MENOSCABO DEL INSTITUTO DE INTERPELACIÓN Y CENSURA POR ÓRGANOS CONSTITUIDOS(2025) Gustavo Mendoza OroscoEl presente artículo genera un análisis reflexivo sobre el debilitamiento sistemático de la función fiscalizadora y de control del Órgano Legislativo frente a otros órganos de poder en el marco de la teoría de frenos y contrapesos, con enfoque en el instituto de la interpelación y censura, identificando actuaciones y resoluciones emitidas por órganos constituidos en los últimos 5 años, tendientes a desnaturalizar este mecanismo de control, cuya consecuencia es la inaplicabilidad de la censura, y el inherente menoscabo del Estado de Derecho en Bolivia. La interpelación parlamentaria es un instituto que instrumenta la función fiscalizadora del Poder Legislativo sobre las actividades del gobierno, la misma encuentra sus orígenes en sistema parlamentarista Ingles, fortalecido en la modernidad con los aportes de Montesquieu en la búsqueda de limitar el poder absoluto del gobernante, adoptada en tiempos contemporáneos también por los sistemas presidencialistas de manera más atenuada con algunas variantes según el país, la misma fue adoptada por el constituyente boliviano frente a la necesidad de un control riguroso entre órganos del poder político, labor atribuida al Órgano Legislativo, con la finalidad de inspeccionar y hacer seguimiento sobre el accionar del Órgano Ejecutivo, cuyos efectos alcanzan solo a los Ministros de Estado, consiste en su convocatoria a efecto que otorgue informe o responda un interrogatorio, sobre su accionar, y ante la disconformidad de mayorías calificadas de los representantes del soberano, se emite la moción de censura cuya consecuencia es la destitución, por pérdida de confianza para continuar sus funciones. En Bolivia se desnaturalizo este instituto, tornándolo ineficaz, repercutiendo en una menor vigencia real de un Estado de Derecho.Item type: Item , EL QUEBRANTO DEL ESTADO DE DERECHO EN BOLIVIA, EN LA ÚLTIMA DÉCADA(2024) Gustavo Mendoza OroscoEl objetivo del presente es generar un análisis reflexivo sobre el quebranto sistemático del Estado de Derecho en Bolivia, identificando acontecimientos suscitados en la última década, a fin de comprender la problemática. El Estado de Derecho, plasmado como un principio con la Rev. Francesa de 1789, surge ante la necesidad de limitar el ejercicio absoluto y arbitrario del poder del gobernante, el Estado de Derecho desde un enfoque clásico, se entiende como un Estado donde gobernantes y gobernados se someten en igualdad de condiciones a Derecho, la doctrina establece características que permiten diagnosticar una mayor o menor vigencia de éste, como ser: La supremacía del Constitución, división de funciones, responsabilidad de la administración y el respeto a los DD.HH. El gobernante en Bolivia es proclive a no acatar la norma, si está no es favorable para sus intereses, ello aconteció durante la administración de Evo Morales, cuando la Constitución limitó la posibilidad de reelección consecutiva por solo una vez, acudió a interpretaciones del Tribunal Constitucional Plurinacional, para desconocer este límite en más de una ocasión, la primera valiéndose de la Declaración Constitucional No. 0003/2013, desconociendo la disposición transitoria primera II, de la CPE, para habilitar su segunda reelección; y la segunda mediante la SCP 84/2017 que pone en evidencia el sometimiento del este Tribunal, al declarar como un derecho ilimitado la reelección indefinida, para habilitar su tercera reelección, desconociendo no solo los límites de la Constitución, sino también la voluntad del pueblo soberano expresada mediante referéndum de 2016, en el cual se reafirma el límite a la reelección por solo una oportunidad de forma inmediata. Por tanto, cuando el Gobernante no se somete a la Constitución, los órganos de poder quedan sometidos a un órgano, y/o no se acatan los límites al ejercicio del poder, no se puede pretender la vigencia efectiva de un Estado de Derecho.Item type: Item , LA EVOLUCIÓN DE LA CULTURA DEMOCRÁTICA A LA LUZ DE LOS PROCESOS DE ELECCIÓN DE AUTORIDADES JUDICIALES EN BOLIVIA(2025) Gustavo Mendoza Orosco; Hans Armando Alvarado Gutiérrez; Emma Natalia Quispe Mejía; Jhonny Marcelo Ramos MuñozEl presente artículo analiza la evolución de la cultura democrática en los procesos de elección de autoridades judiciales en Bolivia, desde la implementación del voto popular como mecanismo de selección en 2009. El objetivo principal es evaluar cómo este modelo ha influido en la legitimidad del sistema judicial y en la percepción ciudadana sobre la justicia. El enfoque metodológico es comparativo, analítico y crítico, tomando como base sentencias constitucionales, resultados electorales y cambios legislativos en los tres procesos electorales judiciales desarrollados en 2011, 2017 y 2024. El estudio expone que las primeras dos elecciones estuvieron marcadas por una alta cantidad de votos nulos y blancos, debido a la percepción de injerencia política y falta de independencia judicial. En contraste, las elecciones de 2024 mostraron una mejora en la participación ciudadana, evidenciando una maduración en la cultura democrática y una mayor conciencia cívica. Entre los hallazgos más relevantes se identifican las autoprórrogas judiciales, la falta de meritocracia, y la conexión entre ciertos magistrados y el poder político, lo que debilitó la legitimidad del Órgano Judicial. Se concluye que si bien el mecanismo de voto popular puede fortalecer la democracia, su efectividad depende de la transparencia, la independencia de poderes y la participación informada. Asimismo, se destaca que una cultura democrática sólida es clave para garantizar la legitimidad de las instituciones judiciales y consolidar un verdadero Estado de Derecho en Bolivia.Item type: Item , La Fisonomía Propia de la Acción Popular en Bolivia.(2019) Gustavo Mendoza Orosco; Carlos Fernández ReyesEl Estado garantiza el ejercicio los derechos reconocidos por la Constitución Política del Estado y, para este efecto, otorgó medios de protección contra todo acto u omisión de autoridades, personas individuales o colectivas tendientes a impedir el ejercicio efectivo de los mismos. A esos medios de protección se denominan acciones tutelares. En el caso particular de la Acción Popular es el medio de protección y de defensa inmediata, idóneo ante la violación o la intención de violar derechos, intereses colectivos o difusos relacionados con el patrimonio, el espacio, la seguridad y la salubridad pública, el medio ambiente y otros de similar naturaleza reconocidos por la Constitución Política del Estado. Esta acción constitucional de defensa a los derechos e intereses colectivos o difusos es novísima dentro del ordenamiento jurídico del Estado boliviano. Su inserción y reconocimiento en nuestra economía jurídica fue mediante la reforma constitucional del 2009. Aun siendo la acción constitucional de defensa más joven dentro del ordenamiento jurídico boliviano, por la reciente data de su inserción, se cuenta con una cantidad de Sentencias Constitucionales que las resuelven, de las cuales nos podemos valer con el objeto de entender la fisonomía propia de esta acción en el Estado Plurinacional de Bolivia, conocer su naturaleza jurídica e identificar sus características a través de las líneas jurisprudenciales establecidas por el Tribunal Constitucional Plurinacional.