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Browsing by Autor "Revilla Claure, Tania Mireya"

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    Análisis de la situación socioeconómica y jurídica del menor trabajador voceador de minibus en la ciudad de La Paz 1990-1997
    (Facultad de Ciencias Económicas y Financieras, 2000) Revilla Claure, Tania Mireya; Ferrufino Andrade, Walter Hugo
    El Objetivo del presente estudio es analizar y describir las características económicas, sociales y jurídicas del trabajador voceador de minibús de 9 a 16 años de edad que trabaja en los sindicatos: Chasquis del Sur en las líneas 201, 288 y 291, Litoral en las líneas 236, 237 y 246, Villa Victoria en las líneas 210, 211 y 247 de la ciudad de La Paz. Asimismo, en el estudio se pretende: • Demostrar que el menor trabajador voceador de minibús vive en situación de pobreza. • Demostrar que la actual estructura socioeconómica de nuestro país obliga a estos menores a insertarse al mercado de trabajo abandonando su educación escolar. • Evidenciar que el menor voceador de minibús no está debidamente protegido por las leyes. Hipótesis La hipótesis planteada fue: El menor trabajador voceador de minibús se inserta, a temprana edad, al mercado de trabajo como consecuencia del alto índice de desempleo de sus padres y a las condiciones de pobreza en que vive su familia, además que se encuentra jurídicamente desprotegido en su fuente de trabajo. Variables de estudio. • Independiente: Desempleo del padre y de la madre • Dependiente: Inserción del menor trabajador voceador de minibús, al mercado de trabajo, a temprana edad. • Asociativa: La deserción escolar de los menores trabajadores voceadores. Metodología En el estudio, se utilizó la investigación descriptiva, ya que comprendió la descripción, el registro, el análisis e interpretación de la naturaleza del fenómeno estudiado. El método utilizado fue el deductivo porque se partió de grandes agregados, como variables para luego llegar al análisis de lo específico. Por otra parte, la recolección de datos e información se obtuvo a través de observaciones directas de los hechos, tal como se presenta en la realidad, sin juicios de valor, también se realizaron entrevistas y una encuesta. Resultados • Los motivos por los que trabaja el menor voceador están relacionados con la situación de pobreza que vive el país, ya que el 45% lo hace por necesidad, el 30% ayuda a su familia y sólo el 10% lo hace para pagar sus estudios. Si se toma en cuenta que el 61% de estos menores viven con sus padres, se comprueba la hipótesis planteada. • Con una muestra de 106 menores voceadores de miníbús y con un 95% de confiabilidad, se comprueba que el porcentaje de menores voceadores de minibús que trabajan por necesidad en los Sindicatos Chasquis del Sur, Litoral y Villa Victoria está comprendido entre el 67% y el 83% del total de menores voceadores.
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    Item type: Item ,
    El derecho de representación en la sucesión testamentaria y su aplicación en la legislación boliviana
    (Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, 2015) Revilla Claure, Tania Mireya
    0bservación sobre legislación que el derecho de representación solo ha sido previsto para la sucesión AB intestado y no para la sucesión testamentaria. Siendo el testamento un acto de última voluntad que responde al deseo del causante de hacer la distribución de su patrimonio después de su muerte, este no prevé algunos elementos que se pueden dar por ejemplo que el instituido muera antes que el testador o que se convierta en indigno po cualquier circunstancia, por tanto la institución va a fallar porque no se dice en el testamento quienes son los sustitutos entonces habrá caducida de testamento o derecho de acrecimiento a los coherederos de esta manera es que se presenta la injusticia hacia los nietos del causante testador, donde tranquilamente se podría aplicar el derecho de representación. El objbeto de la tesis es lograr en nuestra legislación, sea considerado el derecho de representación en la Sucesión Testamentaria con el fin de porteger a los hijos del heredero legitimo instituido que ha premuerto. Actualmente en nuestra legislación solo tiene lugar el derecho de representación en la secesión AB intestado y no así en la sucesión testamentaria, esta norma rige desde el 2 de abril de 1976 a trvés del decreto ley Número 12760 que es nuestro código civil.

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