Browsing by Autor "Salazar Clavijo, Luis Fernando"
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Item type: Item , El Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) como Gasto No Deducible del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE) en Bolivia(Facultad de Ciencias Económicas y Financieras, 2015) Salazar Clavijo, Luis Fernandoempresas (iue) en bolivia El gobierno en Bolivia vio por conveniente crear un impuesto que grave el movimiento entre cuentas bancarias en moneda extranjera (dólares norteamericanos) y en moneda nacional con mantenimiento de valor. El impuesto creado para este efecto fue el Impuesto a las Transacciones Financieras conocido por sus siglas como I.T.F., mismo que forma parte de nuestro sistema tributario y tiene la finalidad de gravar el movimiento en cuentas bancarias en moneda extranjera (dólares norteamericanos) o en moneda nacional con mantenimiento de valor, entendiéndose el movimiento como ingreso de efectivo o salida de efectivo de las mencionadas cuentas bancarias. El propósito de este trabajo fue el de identificar las contradicciones doctrinales en materia tributaria al momento de crear el Impuesto a las Transacciones Financieras y así contribuir en el análisis y reflexión sobre la reforma de la normativa vigente ea Bolivia. El aporte de la presente investigación consiste en estudiar las particularidades de la normativa existente, en toda su complejidad, determinando los factores que provocan contradicciones. El contenido de este trabajo se estructura en capítulos que se desglosan de la siguiente manera: Capítulo I: Planteamiento del Problema, aquí corresponde la delimitación de la investigación (qué se pretendió investigar) el cual contiene los componentes de la situación problema y menciona lo que se pretende conocer. En el Capítulo II de Objetivos se enuncia el propósito de la investigación, así como los objetivos particulares de la investigación. Otro elemento importante de considerar es la Justificación para la investigación, por lo cual el Capítulo III hace referencia a la importancia de analizar la temática de la normativa tributaria en Bolivia y su abordaje, porque con los resultados que se encontraran se pueden realizar investigaciones más profundas para que este problema sea intervenido de modo más asertivo. El Capítulo IV se refiere al Marco teórico basado en concepciones concernientes a un enfoque estructural — general y relacionándolo con la situación doctrinaria en materia tributaria en Bolivia. En este Capítulo también se incorpora el Marco Histórico y el Marco Conceptual de todo lo referido a Impuestos. El Capítulo V señala el Marco Legal en donde se explica la normativa legal vigente en Bolivia que fue revisada y fue fuente de recolección de información, para esta investigación. El Capítulo VI contempla la metodología, determinando el alcance, la metodología, el tipo de investigación y el instrumento requerido para desarrollar el presente trabajo. En el Capítulo VII se desarrolla el marco práctico, en el que se exponen los objetivos y sus respectivos análisis con los cuales se obtienen los resultados que respaldan el planteamiento inicial de los correspondientes objetivos. En el Capítulo VIII se detallan las conclusiones del trabajo en base a la explicación del tema investigado. Por último tenemos el detalle de la bibliografía utilizada para el desarrollo del marco teórico en el Capítulo IV.Item type: Item , Precio de Transferencia entre Empresas Vinculadas(Facultad de Ciencias Económicas y Financieras, 2010) Salazar Clavijo, Luis FernandoVivimos en un mundo donde las actividades comerciales no solo abarcan el área donde una empresa tiene su residencia, es decir esta empresa puede establecer relaciones comerciales con empresas que se encuentran fuera del territorio donde estas residen. Por la gran concentración de capitales en las empresas y con el propósito de obtener mayores utilidades, estas deciden crear sucursales o subsidiarias en otros países, las cuales realizan actividades comerciales similares a las de las casas matrices, denominadas de esta forma ya que las sucursales o subsidiarias obedecen a las decisiones que emergen de la empresa principal. Muchas de las empresas que se encuentran en países del primer mundo deciden separar una parte de su capital y conformar una nueva ya sea en su mismo territorio o fuera de él, esta actividad es conocida como escisión bajo nuestro nuevo código de comercio. La actividad comercial de estas empresas no neLCjidlid111CrIte debe ser similar a la de la casa matriz o principal. A raíz de la diversificación de las actividades comerciales de empresas internacionales, existen los casos que una empresa "subsidiaria o relacionada" que fue creada con capitales de una empresa matriz que radica en el exterior, provea de materiales, materia prima u otros elementos a la matriz o principal, para que ésta pueda realizar sus transacciones comerciales con otras. Por las características de los negocios en el mundo son más frecuentes las operaciones comerciales entre empresas que se encuentran relacionadas o vinculadas de alguna forma, es decir que obedecen a un mismo grupo empresarial. Estas transacciones comerciales tienen influencia en las utilidades económicas que puedan obtener las empresas y el grado de recaudación impositiva por este concepto en las Administradoras Tributarias de cada región o país. A consecuencia de estas operaciones comerciales surgen los precios de transferencia, denominados de esta forma por ser precios pactados para la compra o venta (transferencia del dominio) de materiales, insumos, materia prima o un servicio entre empresas que pertenecen a un mismo grupo empresarial o holding (relacionadas o vinculadas entre sí). Los precios de transferencia pueden hacer mucho daño a la economía de un país como el nuestro que se encuentra en vías de desarrollo, ya que estas empresas pueden pactar sus precios de venta en la forma que más les convenga para que de esta forma se inflen SUS costos de operaciones y reporten menor utilidad anual o en el otro caso disminuir los ingresos por operaciones a través de precios por debajo de los normales y reportar de igual manera, una menor utilidad sujeta a impuesto (base gravable) a la Administración Tributaria. La internacionalización de los negocios experimentada en los últimos años se ha caracterizado por el desarrollo y extensión de grupos de sociedades que realizan operaciones en múltiples países con distintos sistemas fiscales. Como parte de este proceso de internacionalización, los "precios de transferencia" tienen un importante papel en las operaciones llevadas a cabo entre compañías residentes en distintos países pertenecientes al mismo grupo, cuyas políticas hacen presumir que todas las sociedades del grupo están bajo una misma dirección. Los precios fijados, pueden, evidentemente, diferir de aquellos que serían aplicados entre empresas independientes. No hay duda alguna que entre partes vinculadas se pueden implementar estrategias empresariales que afecten a distintos ámbitos, por ejemplo, que reduzcan el beneficio generado en países políticamente inestables, eviten regulaciones antidumping, favorezcan la penetración en nuevos mercados, limiten los riesgos de cambio, ofrezcan la posibilidad de acogerse a regulaciones que garanticen el secreto bancario, etc. No obstante, cuando la única razón para aplicar precios de transferencia es la de minimizar la carga fiscal a nivel de grupo, esta práctica toma connotaciones identificables como alusión fiscal, dado que a través de las operaciones de compra y venta de productos o servicios se localiza el beneficio en aquellos países donde el nivel de tributación es bajo, mientras que, al contrario, se transfieren costes a aquellas jurisdicciones donde la carga impositiva es alta. El objetivo de la regulación que vamos a examinar, está, lógicamente, unido a la necesidad de asegurar que dichas transacciones se realicen en los mismos términos que las efectuadas entre partes independientes, y, por lo tanto, se realizan a precio de mercado y no a aquellos precios que permitirían trasladar la carga ya impositiva de una jurisdicción a otra más favorable. Dado que el problema de los precios de transferencia afecta a las Administraciones Tributarias de la mayoría de países industrializados, la regulación establecida contempla que existan tanto acuerdos, como distintos tipos de colaboración entre Administraciones Tributarias a nivel internacional. Organismos internacionales como la OCDE han establecido algunos principios de conducta, dirigidos tanto a las Administraciones Tributarias a las personas y entidades involucradas. Basándose en dichos principios, es posible evaluar, y en su caso, recalcular la Base imponible del impuesto sobre beneficios que han sido reducidos aplicando mecanismos elusorios.