Incluir como beneficiarios a las niñas y niños con cáncer en la ley Nº 475 Ley de prestaciones de servicios de salud Integral del estado Plurinacional de Bolivia

dc.contributor.authorGarcía Cahuana, Ximena
dc.coverage.spatialBolivia
dc.date.accessioned2026-03-22T09:37:59Z
dc.date.available2026-03-22T09:37:59Z
dc.date.issued2017
dc.description.abstractLa presente tesis tiene como propuesta la ampliación de cobertura en la Ley Nº 475, Ley de prestaciones servicios de salud integral del Estado Plurinacional de Bolivia para otorgar una protección integral a las niñas y niños con cáncer.En ese contexto se analiza los antecedentes históricos legislativos de la Ley Nº 475, en relación a la Constitución Política del Estado en cumplimiento a los principios de protección de la niñez en relación a la vida y a la salud los cuales se consideran prioritarios para su desarrollo, el análisis de determinadas políticas sociales que garanticen y aseguren el bienestar de las personas en determinados marcos como el de la sanidad en general y todo el espectro posible. Es así que como política social está el de facilitar leyes que vayan en beneficio de la población y que engloban temas como la salud pública. Empero, hasta la fecha ninguna Ley se ha referido al sector de los niños y niñas (doce años de edad) que sufren cáncer. Por lo que se hace necesario ampliar la cobertura del seguro para los niños y niñas que sufren cáncer en la Ley N° 475, en la que no figuran los niños y niñas hasta los doce años de edad, y tampoco se refiere a la enfermedad del cáncer, aspectos que se quieren modificar con la propuesta. Siendo que claramente establece como base la "universalización" de la atención integral en salud, como medio para alcanzar los objetivos en el contexto que la Ley protege a todos los grupos etareos que no pertenecen al sistema de seguridad social. Todo ello ha de motivar la modificación del Art. 5 de la Ley N° 475, La inclusión de las niñas y niños con cáncer, comprende por otra parte el lado humanitario de conciencia social y económica promoviendo así las mismas oportunidades a las niñas y niños que padecen este mal que les aqueja y de esta manera poder alcanzar el mayor bienestar posible y evitar inequidades que afectan la salud integral y el desarrollo, en esa medida asignar recursos de acuerdo con las necesidades particulares de salud en cada contexto socio - económico, distribuir justa y equitativamente los beneficios entre las niñas y niños en la atención de salud prestada, y asegurar la participación ecuánime. Es probable que en Bolivia no sea tan sencillo modificar una ley de estas características, pues la propuesta supone una serie de debates bioéticos y socio económicos. Sin embargo es necesario, en razón de que vulnera los derechos, de los niños en su condición de pacientes con cáncer y en muchos casos terminales. "Si vivir dignamente es un derecho amparado por la constitución boliviana, morir también debería serlo de ahí la premisa de mejorar por lo menos la calidad de vida de los niños". En ese contexto el presente trabajo tiene como propuesta la de incluir como beneficiarios a las niñas y niños con cáncer en la ley n° 475 "ley de prestaciones de servicios de salud integral del estado plurinacional de Bolivia" el mismo que favorecerá el otorgar una mejor calidad de vida a este sector de la sociedad y que por ser de escasos recursos económicos abandonan el tratamiento.Teniendo como propuesta el siguiente tenorArtículo 5.- (Beneficiarios). Son beneficiarias y beneficiarios de la atención integral y protección financiera de salud, todas las bolivianas y bolivianos residentes en el territorio nacional que no cuenten con algún seguro de salud y que estén comprendidos en los siguientes grupos poblacionales: 1. Mujeres embarazadas, desde el inicio de la gestación hasta los seis (6) meses posteriores al parto. 2. Las niñas y niños menores de cinco (5) años de edad. 3. Las niñas y niños menores de doce (12) años de edad que sufran cáncer en todas sus variedades, en caso de encontrarse en tratamiento éste se ampliará hasta la terminación del tratamiento. 4. Mujeres y hombres a partir de los sesenta (60) años. 5. Mujeres en edad fértil respecto a atenciones de salud sexual y reproductiva 6. Personas con discapacidades que se encuentren calificadas según el Sistema Informático del Programa de Registro Único Nacional de Personas con Discapacidad - SIPRUNPDC. 7. Otros que se determinen por Resolución del Consejo de Coordinación Sectorial de Salud, refrendado y aprobado por Decreto Supremo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 de la presente Ley. Conclusiones: Con la ampliación del Art. 5 en la Ley N° 475 se favorece el otorgar una mejor calidad de vida a este sector de la sociedad que por ser de escasos recursos económicos abandonan el tratamiento, propuesta que estará dirigida a la niñez que comprende desde la concepción hasta los doce (12) años cumplidos (artículo 5 Ley Nº 548).es
dc.identifier.urihttps://andeanlibrary.org/handle/123456789/18189
dc.language.isoes
dc.publisherFacultad de Derecho y Ciencias Políticas
dc.relationhttps://repositorio.umsa.bo/xmlui/bitstream/123456789/20299/1/T5342.pdf
dc.sourceUniversidad Mayor de San Andrés
dc.subjectPrestación de servicios de salud
dc.subjectSalud integral
dc.subjectNiñas, niños con cáncer
dc.titleIncluir como beneficiarios a las niñas y niños con cáncer en la ley Nº 475 Ley de prestaciones de servicios de salud Integral del estado Plurinacional de Bolivia
dc.typeThesis

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