Pereira M., Rene2026-03-222026-03-222013https://andeanlibrary.org/handle/123456789/3161El Decreto Supremo No. 29552 del 8 de mayo del año 2008 autoriza el inicio de las actividades rumbo al próximo Censo Nacional de Población y Vivienda y las previsiones presupuestarias y de coordinación, en el marco del Sistema Nacional de Información Estadística. Lo deseable es que este operativo nacional se efectúe cada 10 años. Una de las variables principales a ser captadas en la boleta censal es la migración, ya sea interna o internacional. Esta última se entiende como el traslado de residencia de las personas de un país a otro, a través del registro de los nacidos en el exterior.esCensoMigraciónPoblaciónKIPUS. Censo y migraciónArticle