Juan Diego Martínez-GarcíaAntonio Leal-Holguín2026-03-222026-03-222011http://revistas.javeriana.edu.co/index.php/internationallaw/article/view/13739https://andeanlibrary.org/handle/123456789/61277Esta reflexión tiene como propósito demostrar que, cuando una entidad contratante, en uso de sus potestades discrecionales, determina los requi- sitos para que los particulares contraten con ella, está interviniendo en la libertad de esos particulares para contratar con el Estado e influyendo en la forma como se asignan los recursos públicos. En consecuencia, esa intervención, para ser legítima y eficiente, debe ser proporcional. El principio de proporcionalidad, una noción general de relación entre medios y fines, con arraigo en numerosas áreas del derecho, es aplicable a la determinación de los requisitos para contratar con el Estado. Este ensayo demuestra lo anterior e ilustra la forma como podría aplicarse el mencionado principio.enArbitrarinessProportionality (law)BiddingSelection (genetic algorithm)MathematicsARBITRARINESS OF CONTRACTOR SELECTION CRITERIA IN THE BIDDING PROCESSES. THE PROPORTIONALITY PRINCIPLE AS PROTECTION AGAINST ARBITRARINESSarticle