Fátima Gabriela Tarifa2026-03-222026-03-22202410.52428/30074320.v1i2.1160https://doi.org/10.52428/30074320.v1i2.1160https://andeanlibrary.org/handle/123456789/76421En el marco de encarar de alguna forma el tema de la reforma a la administración de justicia en Bolivia, que ha sido tan criticada por años fruto de la eterna retardación de justicia, los temas constantes de corrupción, coyuntura económica presupuestaría, política partidaria, nepotismo, etc, etc. Se ha querido realizar una investigación para robustecer los pilares de la cultura de paz y buscar los principios que rigen a la justicia restaurativa. Ver en qué medida estos se han incorporado en la legislación boliviana, al igual que en otras legislaciones, cuáles son los beneficios que esta brinda y en que otras áreas del derecho se podrían incorporar haciendo uso de la revisión bibliográfica, análisis y de la analogía. De esta forma se podrá ver una serie de elementos donde se desarrolla en principio donde nace la Justicia Restaurativa, que No es la Justicia restaurativa, para poder de esta forma entender los principios donde se involucra a la víctima, al ofensor, a la comunidad y al propio Estado; con la ayuda de la legislación comparada poder establecer como la legislación boliviana se ha apropiado de los principios pero no de manera taxativa y aún no se le ha dado el impulso que esta podría tener aún a costa del uso de otros mecanismos como los Medios Alternativos de Resolución de Conflictos (MARC) que podrían ser utilizados para propiciar de mejor forma la integración de forma paulatina de estos principios, no sólo en él área penal, sino en otras áreas del derecho en particular.esHumanitiesPolitical scienceREFORMA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN BOLIVIA CON PRINCIPIOS DE JUSTICIA RESTAURATIVAarticle