Paz Villamor, Luis Silvio2026-03-222026-03-2220142413-2810https://andeanlibrary.org/handle/123456789/11897En la Sentencia Constitucional 0100/2014, se señala la Disposición Adicional impugnada que contiene cuatro partes: la primera referida a la posibilidad de que la Administración Tributaria verifique de oficio el correcto cumplimiento de la obligación de emisión de factura, nota fiscal o documento equivalente mediante operativos de control; la segunda sostiene que la administración debe elaborar un acta donde se identifique a la contravención, se especifiquen los datos del sujeto pasivo o tercero responsable y otros datos; la tercera, determina que una vez elaborada el acta, se procederá a la clausura inmediata del negocio, de acuerdo a las sanciones establecidas en el parágrafo II del Art. 164 del Código Tributario Boliviano; y la cuarta, establece que, en caso de reincidencia, se procederá a la clausura definitiva del local intervenido.esCódigo tributario bolivianoDerecho constitucionalAdministración tributariaAnálisis de la Sentencia Constitucional 0100/2014Article