Álvaro Paúl2026-03-222026-03-22201210.4067/s0718-00122012000100004https://doi.org/10.4067/s0718-00122012000100004https://andeanlibrary.org/handle/123456789/52387Citaciones: 3que dispone que el derecho a la vida deber protegerse, "en general, a partir del momento de la concepcin". Al hacerlo, toma en cuenta diversos sistemas de interpretacin, y tiene presente lo registrado en los trabajos preparatorios de la Convencin. Asimismo, este estudio analiza lo que la Comisin Interamericana ha resuelto en esta materia, evaluando el valor de tales decisiones.esPhilosophyESTATUS DEL NO NACIDO EN LA CONVENCIÓN AMERICANA: UN EJERCICIO DE INTERPRETACIÓNarticle