VILLARPANDO DE UGRINOVIC, LUZ2026-03-232026-03-232012http://www.scielo.org.bo/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2071-081X2012000100003&tlng=eshttps://andeanlibrary.org/handle/123456789/90239Vol. 5, No. 5Describe los fundamentos del Secreto Profesional del Notario de Fe Pública, tomando en cuenta la reserva, al sigilo y secreto profesional en general. Desarrolla las cualidades obligatorias a todo fedatario, resumidas en ciencia y experiencia, discreción y seguridad, prudencia, temor de Dios, verdad en el anotar y habilidad en el escribir, diligencia en el despacho, justicia y piedad, cortesía y afabilidad, desapasionado al interés y legal con las partes, recto en el secreto profesional é inclinado a honestas costumbres. Valora la investidura de la fe pública que se da con la autenticación, legalidad y legitimación. Concluye con el fundamento que el deber de secreto es quizá el más riguroso del Notario, el que le presta su más trascendente carácter, y que es un deber no sólo moral, sino y sobre todo establecido muy claramente por la ley. Al mismo tiempo analiza el secreto que corresponde a otras profesiones, funcionarios públicos y auxiliares del Notario. Concluye con la revelación estableciendo en qué casos concretos "El secreto confiado obliga todavía más, si la persona a quien se confió está investida de un cargo, y mucho más, si esa persona depositaría del secreto estuviera constituida en dignidad pública" (MerkelbachesEL SECRETO PROFESIONAL DEL NOTARIO Y SUS COLABORADORESArtículo Científico Publicado