Implementación de una ley para mejorar la intervención policial preventiva en los delitos de flagrancia

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Facultad de Derecho y Ciencias Políticas

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En la administración de justicia como valor axiológico dentro de la rama Derecho, así como en el marco de la constitucionalidad y garantías procesales para las partes, se debe tomar en cuenta las instancias del Debido Proceso, como un conjunto de reglas que velan la aplicabilidad en cualquier circunstancia e instancia del proceso para un buen funcionamiento y desempèño de los operadores de justicia ante la necesidad de la población litigante. El desarrollo del trabajo se pudo evindeciar, que tanto en el Director Funcional de la investigación (Fiscal) y el investigador asignado al caso, no tienen la coordinación adecuada durante el desarrolllo del proceso investigativo; asimismo se evidenció la falta de conocimiento y aplicación del procedimiento penal que debe efectuar el funcionario policial en aquellos delitos atendidos en flagrancia debiendo realizarse cada acto sin vulnerar los derechos y garantías fundamentales mismas que están reconocidad por la Nueva Constitución Política del Estado Plurinacional a todas las partes intervivientes y a fin de evitar la nulidad de un acto mismas deberían ser respetadas por todos; sugiriéndose por tal motivo la aplicación de la presente ley a efectos de dar legalidad, objetividad e idoneidad en todos los actos investigativos, bajo la dirección funcional del Fiscal en condición de representante del Ministerio Público.

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