Disposiciones concernientes a la guardia nacional activa

dc.contributor.authorCampero, Narciso
dc.coverage.spatialBolivia
dc.date.accessioned2026-03-22T06:44:56Z
dc.date.available2026-03-22T06:44:56Z
dc.date.issued2014
dc.description.abstractNarciso Campero Presidente Constitucional de Bolivia considerando la necesidad y conveniencia de poner a buen pié de instrucción la Guardía Nacional activa, ó sea reserva del Ejército de linea, y oido el dictamen afirmativo del Consejo de Ministros, decreta el Reglamento Provisorio para las Guardías Nacionales, que consta de VII capítulos y 44 capítulos. Narciso Campero. Presidente Constitucional de Bolivia decreta lo siguiente "Que entre los artículos del Decreto Supremo de 14 de junio de 1871, han sido derogados y modificados otros por el Reglamento provisorio de guardías nacionales que ayer se ha sancionado".es
dc.identifier.urihttps://andeanlibrary.org/handle/123456789/4355
dc.language.isoes
dc.publisherÁrea Vicerrectorado
dc.relationhttps://repositorio.umsa.bo/xmlui/bitstream/123456789/4925/1/BC-F-00189.pdf
dc.sourceUniversidad Mayor de San Andrés
dc.subjectEJERCITO BOLIVIANO
dc.subjectGUARDIA NACIONAL
dc.titleDisposiciones concernientes a la guardia nacional activa
dc.typeOther

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