"La incongruencia en el pago de impuestos a la transparencia de vehículos"

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Facultad de Derecho y Ciencias Políticas

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"El trabajo desarrollado presenta la necesidad de incorporar una modificación en el Art. 21 de la Ley Municipal Nro. 12 de 3 de noviembre de 2011, para lograr seguridad jurídica para los ciudadanos de la ciudad de La Paz que son vendedores y compradores de vehículos automotores y tener menor evasión tributaria para el Gobierno Municipal de la ciudad de La Paz. En Bolivia ha habido una costumbre de vender los vehículos automotores con Poder Notarial y evitar la Transferencia y pago del impuesto del 3%, dejando de regularizar su Derecho Propietario. Se genera inseguridad al momento de realizar una compra – venta de vehículos automotores, muchos compradores prefieren firmar un documento privado otorgándoles un Poder y no asi una Minuta de compra- venta que dentro de los diez días debe ser inscrita en la Administración Tributaria Municipal (ATM), o dejan en muchos casos a medias el trámite porque no pueden pagar el impuesto a la transferencia en algunos casos porque el Sistema de la Administración Tributaria Municipal jala el monto mayor si hubiese un monto igual entre la base imponible del último impuesto y la minuta de transferencia, originando detrimento económico para quien actúa dentro la legalidad de un acto de compra - venta y es de esta manera que el anterior propietario al seguir manteniendo su derecho propietario es pasible a pagar los impuestos que se generen ya que en el sistema del RUAT el vendedor sigue siendo titular del vehículo, así mismo al no pagar los impuestos adeudados es pasible al congelamiento de sus cuentas bancarias"

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