“La suspensión de la renta dignidad para beneficiarios con sentencia ejecutoriada en delitos sancionados por la ley no. 348”
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Facultad de Derecho y Ciencias Políticas
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La presente investigación analiza la buena calidad de un sistema de justicia, donde se
requieren componentes que se ajusten a las normas internacionales de competencia,
eficiencia, independencia e imparcialidad y provean, de manera oportuna, recursos
apropiados y efectivos, estos mismos deben subsistir para sustentable el equilibrio de
género.
También se muestra en la vida cotidiana que existen varios casos no se denuncia
quedando en la cifra negras, existen muchas víctimas inocentes que tienen que soportar la
agresión física, psicológica o sexual de sus agresores, quienes con su comportamiento de
ataque causan daños y traumas en los que sufren de esta injusticia social produciendo su
deterioro mental y físico.
El propósito es tomar los conceptos de FEMINICIDIO y los demás ilícitos prevenidos
por la Ley No. 348, para considerar la necesidad de su incorporación en nuestro
ordenamiento jurídico, con la aclaración de que la suspensión de la Renta Dignidad, no
trata de afectar los beneficios sociales logrados en favor de los adultos mayores, sino,
significa concretar una prognosis profiláctica jurídica seria y responsable a título de
POLÍTICA DE ESTADO, para prevenir que sigan en aumento los ilícitos ya normados
en la Ley No. 348, pues lo contrario, sería poner oídos sordos a esta cruda realidad.