"Implementación para la cancelación de partida de nacimiento de menores de 0 a 12 años por distinta filiación paterna en sede administrativa"
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Facultad de Derecho y Ciencias Políticas
Abstract
El presente proyecto de investigación se enfocó en el derecho vulnerado
que reciben los niños menores de 12 años cuando, los mismos registran
una doble o más partidas de nacimiento con distinta filiación paterna,
entonces con el fin de precautelar el derecho fundamental de toda
persona, que consiste en tener una identidad propia, tener una filiación
establecida de manera legal es que se realizó este trabajo. Ya que este
tipo de solicitudes, son concluidas en el ámbito judicial, sin respetar lo
que es el principio de economía procesal que refiere a la duración del
proceso y al costo de la actividad jurisdiccional, que tiene una dimensión
temporal y para el que tramita significa un gasto, por lo que uno de los
objetivos fue tratar de reducir el costo a gratuito como un trámite
administrativo, y el tiempo a tres días hábiles y así olvidarse de meses o
años que dura este tipo de solicitud. Es importante indicar que se ha
logrado explicar los principios y fundamentos jurídicos de la filiación y el
derecho a la identificad desde las bases teóricas y conceptuales del
derecho civil. Además de describir los casos más frecuentes que se
presentan como demanda de cancelación de doble partida de
nacimiento, dichos casos relacionados y resueltos en las instancias
Administrativas de recursos de Revocatorio y Jerárquico. Se ha logrado
de igual manera indagar sobre el procedimiento actual que deben
realizar los interesados que tienen como fin la cancelación de partidas
de nacimiento de menores de 0 a 12 años por distinta filiación paterna
considerando tiempos y costos que estos representan para la
ciudadanía. Es importante también recalcar que se puso en tela de juicio
las facultades técnicas que tiene el SERECI, para resolver este tipo de
casos, pero con el único fin de velar la seguridad jurídica que tiene este
grupo vulnerado de la sociedad, por errores que corresponden únicamente
a los padres, que tendrían que ser los primeros en velar por estos menores
ya que son en primera instancia sus representantes legales.