NEUTRALIDAD DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO EN CUANTO AL GÉNERO, UNA FORMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO INSTITUCIONAL

dc.contributor.authorÁngeles Lara Aguado
dc.coverage.spatialBolivia
dc.date.accessioned2026-03-22T15:36:12Z
dc.date.available2026-03-22T15:36:12Z
dc.date.issued2022
dc.descriptionCitaciones: 1
dc.description.abstractLa incorporación de la perspectiva de género en Derecho internacional privado es difícil, por su carácter técnico y abstracto. Las autoridades que aplican estas normas intentan corregir las distorsiones generadas por la ausencia de enfoque de género en esta disciplina a través de correctivos como el orden público internacional, para alcanzar la justicia del caso concreto y proteger derechos fundamentales. Pero, estas correcciones son insuficientes para aplicar la perspectiva de género, porque no remueven los obstáculos que están en el origen de la discriminación de la mujer. La ausencia de perspectiva de género en estas normas es una forma de violencia institucional, que habilita la incorporación en el ordenamiento jurídico de normas que, pretendiendo defender la libertad de la mujer, conducen a normalizar su subordiscriminación. Es precisa una revolución del Derecho internacional privado, que vaya más allá de los efectos inmediatos de las normas reguladoras de las relaciones privadas internacionales
dc.identifier.doi10.30827/acfs.vi.25191
dc.identifier.urihttps://doi.org/10.30827/acfs.vi.25191
dc.identifier.urihttps://andeanlibrary.org/handle/123456789/53329
dc.language.isoes
dc.publisherUniversity of Granada
dc.relation.ispartofAnales de la Cátedra Francisco Suárez
dc.sourceUniversidad Mayor de San Andrés
dc.subjectHumanities
dc.subjectDerecho
dc.subjectPolitical science
dc.subjectCartography
dc.titleNEUTRALIDAD DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO EN CUANTO AL GÉNERO, UNA FORMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO INSTITUCIONAL
dc.typearticle

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