Impuesto predial urbano de alumbrado público 1903

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Área Vicerrectorado

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Que la Ordenanza de impuestos sancionada por el H. Senado Nacional de 1901, autoriza a la Municipalidad para sustituir el impuesto del alumbrado público con el predial urbano, en la proporción del uno por mil sobre el valor de las propiedades comprendidas dentro del radio urbano, para ejecutarse es necesario su reglamentación y establecer de un modo permanente la percepción de dicho impuesto, para la cual se constituye una Comisión de catastro de las propiedades que se encuentren dentro de la circunferencia urbana de la ciudad de La Paz.

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