“Implementación del reglamento específico del sistema de administración de bienes y servicios (RE-SABS) de la vicepresidencia del estado plurinacional”

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Facultad de Derecho y Ciencias Políticas

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Al contar con un REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS (RE-SABS) DE LA VICEPRESIDENCIA DEL ESTADO PLURINACIONAL, nos exige establecer un MANUAL DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS acorde a la Entidad, sin embargo, el Reglamento queda sin vigencia en razón a que desde el 19 de enero de 2021 con la promulgación del Decreto Supremos N° 4453 en su ARTÍCULO 1.- (OBJETO) menciona que en el marco de la transparencia y la lucha contra la corrupción en las contrataciones estatales, el presente Decreto Supremo tiene por objeto: a) Establecer la Subasta Electrónica y el Mercado Virtual Estatal; b) Realizar modificaciones e incorporaciones al Decreto Supremo Nº 0181, de 28 de junio de 2009, Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios – NB-SABS. Posteriormente con la aprobación de la Resolución Ministerial N° 088 del 29 de enero de 2021 por el Ministerio de Economía y Finanzas Publicas se aprueba con el propósito de dar cumplimiento a la normativa señalada (D.S. N° 4453) aprobando los modelos de Documentos Base de Contratación en las modalidades de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo y Licitación Pública, el Reglamento de Contrataciones con Apoyo de Medios Electrónicos, el contenido mínimo del Reglamento Específico del Sistema de Administración de Bienes y Servicios de Empresas Públicas Nacionales Estratégicas (RE- SABS-EPNE), así como el Manual de Operaciones del SICOES. De igual manera el Manual de Procesos y Procedimientos – Dirección General de Asuntos Administrativos – Subsistema de Contrataciones de Bienes y Servicios se elabora para proveer un marco conceptual bajo un enfoque de procesos y procedimientos destinado a orientar al personal de dicha entidad a realizar contrataciones de bienes y servicios requeridos, conforme a la gestión institucional, pero lamentablemente no refleja los procedimientos adicionales que exige la nueva normativa (Decreto Supremo N° 4453).

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