Donación de órganos por muerte cerebral en Bolivia

dc.contributor.authorC. Espinoza
dc.coverage.spatialBolivia
dc.date.accessioned2026-03-22T19:00:20Z
dc.date.available2026-03-22T19:00:20Z
dc.date.issued2023
dc.description.abstract
 El objetivo de la investigación fue proponer la modificación de la Ley 1716 de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, que regula las donaciones de órganos en caso de muerte cerebral en Bolivia. La metodología empleada comprende: [1] Descripción de la naturaleza jurídica de cadáver; [2] Análisis de la disposición del propio cuerpo y del cadáver en Bolivia; [3] Síntesis de las teorías vigentes sobre el trasplante de órganos; [4] Análisis de la normativa vigente; [5] Propuesta de modificación de la normativa. Se identificó inconsciencia orientada a la donación en muerte cerebral; la normativa relacionada es general, reiterativa, e insuficiente en la práctica. Surge la necesidad de modificar aspectos jurídicos que viabilicen la donación de órganos. En consecuencia, se pone en consideración la modificación del artículo N 11 de la citada Ley, para que viabilice la donación de órganos en casos de muerte cerebral salvo oposición expresa del donante o la familia.
dc.identifier.doi10.59659/revistatribunal.v3i5.28
dc.identifier.urihttps://doi.org/10.59659/revistatribunal.v3i5.28
dc.identifier.urihttps://andeanlibrary.org/handle/123456789/73484
dc.language.isoes
dc.relation.ispartofRevista Tribunal
dc.sourceHigher University of San Andrés
dc.subjectPolitical science
dc.subjectHumanities
dc.subjectPhilosophy
dc.titleDonación de órganos por muerte cerebral en Bolivia
dc.typearticle

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