La distinción entre disposición y norma: hacia una comprensión de las sentencias interpretativas y el objeto del control de constitucionalidad
Abstract
La emergencia de las sentencias interpretativas en el concierto de la jurisprudencia constitucional comparada constituye una muestra clara de como los maximos interpretes de la Constitucion se fueron alejando del paradigma del legislador negativo, articulado en su momento como fundamento teorico de su ubicacion y funciones por Hans Kelsen. El recurso a esta categoria de pronunciamientos conocidos como unilaterales (dentro de los que se encuentran las sentencias manipulativas, aditivas, sustitutivas, etc.) les costo a los custodios de la Constitucion mas de una critica, siendo la principal la que los configura como legisladores positivos, debido a que la sentencia constitucional interpretativa no se limita a suprimir el precepto legal declarado inconstitucional, sino que ademas crea e innova Derecho, invadiendo con ello las funciones del Poder Legislativo. Empero, estas acusaciones hacia el Tribunal Constitucional podrian no ser fundadas, y para desmitificar estos conceptos es que el presente articulo ahonda en el analisis de la diferenciacion entre los terminos disposicion y norma, necesaria para comprender la real dimension y alcance de los fallos hermeneuticos asumidos por el TC en oportunidad de ejercer el control de constitucionalidad de la ley.