Arancel de Aforos de la República para los años 1851 y 1852

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Bajo la Presidencia de Manuel Isidoro Belzu, se decreta la ley sobre Arancel de Aforos de la república para los años de 1851 Y 1852, y que el anterior Arancel de Aforos data de la ley promulgada el 28 de septiembre de 1844, y desde ese tiempo han variado los precios notablemente de las mercaderías sujetos al pago de derechos; que el interes el comercio y del fisco demanda urgentemente un nuevo Arancel de Aforos, en la que se hallen hechos los avaluos con la debida exactitud y equidad, justificandose de esta manera la nueva ley.

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