En los procesos de divorcio absoluto la causal de muto acuerdo dentro la acción de separación señalado en el artículo 152 numeral cuatro, y 399 del código de familia boliviano deben restituirse y establecerse como causal de divoricio en el artículo 130 numeral seis

dc.contributor.advisorGonzáles Osuna, Marcia
dc.contributor.authorCari Rojas, Luis Alfredo
dc.coverage.spatialBolivia
dc.date.accessioned2026-03-22T10:03:00Z
dc.date.available2026-03-22T10:03:00Z
dc.date.issued2014
dc.description.abstractAmplia las causales de divorcio, con el propósito de generar mayor credibilidad y confianza entre las personas que tengan que litigar en los juzgados de familia, entre ellos la restitución de la causal de mutuo acuerdo señaldao en artículo 152 y 130 y establecer en base al procedimiento que señala el artículo 399 del codigo de familia.es
dc.identifier.urihttps://andeanlibrary.org/handle/123456789/20670
dc.language.isoes
dc.publisherFacultad de Derecho y Ciencias Políticas
dc.relationhttps://repositorio.umsa.bo/xmlui/bitstream/123456789/22872/1/TD-4521.pdf
dc.sourceUniversidad Mayor de San Andrés
dc.subjectDERECHO CIVIL
dc.subjectLEY NACIONAL
dc.subjectMODIFICACION DE LA LEY
dc.subjectDIVORCIO POR PRESENTACION CONJUNTA
dc.titleEn los procesos de divorcio absoluto la causal de muto acuerdo dentro la acción de separación señalado en el artículo 152 numeral cuatro, y 399 del código de familia boliviano deben restituirse y establecerse como causal de divoricio en el artículo 130 numeral seis
dc.typeThesis

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