"Resguardo del derecho al principio del debido proceso y la razonabilidad como margen del proceso sancionatorio en la clausura tributaria"
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Facultad de Derecho y Ciencias Políticas
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La Cultura Tributaria dentro del Estado Plurinacional de Bolivia, aún no está enraizada
y no ha tomado real conciencia en nuestra sociedad, que desconoce la repercusión
de manera negativa para la economía Nacional las conductas evasoras en el universo
de contribuyentes inscritos legalmente al Servicio de Impuestos Nacionales. Por ende,
es imperiosa la necesidad de reprobar jurídicamente dichas conductas evasoras de
contribuyentes que cometen el ilícito de la no emisión de factura, nota fiscal o su
equivalente. En este contexto, la Política Fiscal ha incorporado desde hace mucho
tiempo atrás un tipo de sanción: “La Clausura Tributaria”, que cierra el establecimiento
comercial evasor, por cierto tiempo, de 6 a 48 días, según el grado de reincidencia
con el consiguiente perjuicio económico al mismo.
Los argumentos defensivos ensayados por los contribuyentes en la vía administrativa,
dentro el procedimiento contravencional, Ley 2492, abarca por Ley pedidos de
inconstitucionalidad por la irrazonabilidad y desproporcionalidad de la sanción de
clausura, por ser la misma atentatoria al derecho del trabajo, la propiedad privada, el
derecho del debido proceso y la debida defensa del sujeto pasivo, ciertamente en
justicia.
La evasión fiscal y los derechos constitucionales del contribuyente, son razones por
las cuales me permiten plantear una visión para que se elimine la Clausura Tributaria
instaurando una nueva sanción, pero de índole económica, idónea y justa para
reprimir conductas evasoras, resguardando sobre todo las leyes ajustadas a la
Constitución Política del Estado, buscando sobre todo el respeto al Principio del
Debido Proceso, y estableciendo un margen pleno de razonabilidad dentro del
proceso de la clausura.
Por lo que planteo modificar el accionar irregular que actualmente la Administración
Tributaria ejerce sobre los establecimientos económicos, legal y voluntariamente
inscritos en el Régimen General, desde detección del ilícito de no emisión de factura
hasta el proceso sancionatorio en Clausura Tributaria, que adolecen de serias
irregularidades que violan los derechos del sujeto pasivo, generador de tributos al
Estado.