"Necesidad de crear un instituto como órgano conciliador en el ámbito de las controversias legales en la medicina, ley 1770, en su mención a la ley 3131, art. 18 conciliación y arbitraje"

dc.contributor.advisorLaura Barron, Roberto
dc.contributor.authorMartinez Inchausti, José Antonio
dc.coverage.spatialBolivia
dc.date.accessioned2026-03-22T12:34:02Z
dc.date.available2026-03-22T12:34:02Z
dc.date.issued2020
dc.description.abstractRecordar la problemática de los conflictos en salud amerita un conocimiento de los antecedentes históricos, doctrinales, y esencialmente el aspecto jurídico, que permitirán aclarar la realidad de la controversia suscitada en sus distintos tiempos, etapas y dimensiones cuyos alcances de entendimiento permitirán una posible solución. El presente trabajo se inicia en los antecedentes periodísticos actuales referidos a la negligencia médica, manifestado por diferentes instituciones, y sancionados por la judicatura, con la finalidad de analizar las acciones tomadas en cada etapa histórica permitirán comprender el alcance y desarrollar soluciones a la problemática que se generó en la salud de la sociedad. Este escenario permitió identificar un sustento teórico, doctrinario, de los métodos alternativos de resolución de los conflictos, como formas de solución aplicables a las controversias medico legales, que, en seguida del análisis jurídico comparado se logra identificar estos mecanismos de resolución de conflictos adecuados para salud, y luego arribar a enunciar un documento que dé inicio a la creación de los Institutos Médicos de Conciliación y Arbitraje. Continuando con el tema, se tomó la idea principal de los conceptos del Simposio Internacional efectuado en la Facultad de Medicina de la UMSA, respecto a la solución de conflictos legales en salud, expuestos por la Institución Peruana “CECONAR” que permitió conocer los parámetros del hermano país Perú, que servirán como hilo conductor para la puesta en marcha de la creación de los Institutos Médicos de Conciliación. Finalizando con la idea de capacitación del personal en las acciones de la conciliación, en la perspectiva de que ya fueron implementados en otras latitudes, países limítrofes como Perú y Argentina, Chile, cabe mencionar a México, países donde se encuentran practicando los actos de Conciliación en salud.es
dc.identifier.urihttps://andeanlibrary.org/handle/123456789/35558
dc.language.isoes
dc.publisherFacultad de Derecho y Ciencias Políticas
dc.relationhttps://repositorio.umsa.bo/xmlui/bitstream/123456789/38851/1/TD-5547.pdf
dc.sourceUniversidad Mayor de San Andrés
dc.subjectLey 1770
dc.subjectMedicina Legal
dc.subjectPraxis médica
dc.title"Necesidad de crear un instituto como órgano conciliador en el ámbito de las controversias legales en la medicina, ley 1770, en su mención a la ley 3131, art. 18 conciliación y arbitraje"
dc.typeThesis

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