"Necesidad de crear un instituto como órgano conciliador en el ámbito de las controversias legales en la medicina, ley 1770, en su mención a la ley 3131, art. 18 conciliación y arbitraje"
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Facultad de Derecho y Ciencias Políticas
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Recordar la problemática de los conflictos en salud amerita un conocimiento de los
antecedentes históricos, doctrinales, y esencialmente el aspecto jurídico, que permitirán
aclarar la realidad de la controversia suscitada en sus distintos tiempos, etapas y
dimensiones cuyos alcances de entendimiento permitirán una posible solución.
El presente trabajo se inicia en los antecedentes periodísticos actuales referidos a la
negligencia médica, manifestado por diferentes instituciones, y sancionados por la
judicatura, con la finalidad de analizar las acciones tomadas en cada etapa histórica
permitirán comprender el alcance y desarrollar soluciones a la problemática que se
generó en la salud de la sociedad.
Este escenario permitió identificar un sustento teórico, doctrinario, de los métodos
alternativos de resolución de los conflictos, como formas de solución aplicables a las
controversias medico legales, que, en seguida del análisis jurídico comparado se logra
identificar estos mecanismos de resolución de conflictos adecuados para salud, y luego
arribar a enunciar un documento que dé inicio a la creación de los Institutos Médicos de
Conciliación y Arbitraje.
Continuando con el tema, se tomó la idea principal de los conceptos del Simposio
Internacional efectuado en la Facultad de Medicina de la UMSA, respecto a la solución
de conflictos legales en salud, expuestos por la Institución Peruana “CECONAR” que
permitió conocer los parámetros del hermano país Perú, que servirán como hilo
conductor para la puesta en marcha de la creación de los Institutos Médicos de
Conciliación.
Finalizando con la idea de capacitación del personal en las acciones de la conciliación,
en la perspectiva de que ya fueron implementados en otras latitudes, países limítrofes
como Perú y Argentina, Chile, cabe mencionar a México, países donde se encuentran
practicando los actos de Conciliación en salud.