Ámbito de aplicación en el tiempo de la Legislación Laboral Venezolana

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Las Leyes entran en vigor en una fecha determinada y desaparecen en otra fecha cierta, pudiendose dar el caso que los efectos que producen se retrotraen en el tiempo. Este problema es conocido con el nombre de “Retroactividad de las Leyes”, cuyo principio fundamental es la “Irretroactividad de las Leyes”. La naturaleza dinamica del Derecho del Trabajo, reflejada en la modificacion continua de la normativa aplicada a toda relacion laboral y cuyo cumplimiento se proyecta regresivamente en el tiempo, ha dado nacimiento a problemas de interpretacion relativos a la determinacion de la eficacia temporal de sus normas, siendo considerado esto, como lo mas dificil de la Teoria General del Derecho, especificamente de la Teoria General de la Vigencia Temporal de la Ley. El principio de Irretroactividad de las Leyes se encuentra establecido en el articulo 24 de la Constitucion Nacional Venezolana, el cual predica la ausencia de aplicabilidad de las leyes retroactivamente, salvo las excepciones establecidas en materia penal. Por interesar al orden publico, las normas laborales tienen aplicacion inmediata, y rigen tanto para las relaciones laborales que se establezcan despues de su vigencia, como para las consecuencias juridicas originadas con posterioridad a la misma, y en los contratos colectivos o individuales de trabajo se debe respetar la retroactividad de algunas clausulas anteriores a la vigencia de una nueva ley laboral y/o celebracion de un nuevo contrato, siempre que favorezcan mas a los trabajadores y se encuentren fundamentadas por principios constitucionales y laborales.

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