"Interpretación de los principios de proporcionalidad y razonabilidad en la aplicación de medidas cautelares de carácter personal"

Date

Journal Title

Journal ISSN

Volume Title

Publisher

Facultad de Derecho y Ciencias Políticas

Abstract

El ordenamiento jurídico procesal penal boliviano permite que los administradores de justicia apliquen, a su criterio, los principios de proporcionalidad y razonabilidad al momento de considerar la situación jurídica del imputado en una audiencia de medidas cautelares de carácter personal, conforme lo establece el artículo 235 ter del Código de Procedimiento Penal. Estos principios constituyen la base fundamental de nuestra Constitución Política del Estado, acorde con un Estado de Derecho, razón por la cual el juzgador debe considerarlos con el fin de perjudicar lo menos posible al imputado o procesado, o, en su caso, aplicar la medida más drástica en función de la proporcionalidad. La Constitución Política del Estado, mediante el parágrafo primero de su artículo 23, manda que la libertad solo podrá ser restringida en los límites señalados por la ley. Por lo tanto, los administradores de justicia no pueden actuar de manera arbitraria; por el contrario, los artículos 234 (penúltimo párrafo) y 235 (último párrafo) del Código de Procedimiento Penal, obligan a una argumentación y fundamentación razonable, observando siempre los principios de proporcionalidad y razonabilidad. Por ejemplo, se debe indicar cuál es el motivo jurídico que justifica la imposición de una medida cautelar de carácter personal. Asimismo, la Sentencia Constitucional Plurinacional 0103/2019-S2 (05 de abril de 2019), ordena que todo juez o tribunal penal, al aplicar medidas cautelares restrictivas de derechos (como la detención preventiva), debe realizar un juicio de proporcionalidad y razonabilidad, de manera expresa y fundamentada. Cuando se dispone la medida cautelar de detención preventiva del imputado sin aplicar los principios que rigen las medidas cautelares, se vulnera el principio de legalidad, la norma adjetiva penal, la propia Constitución Política del Estado y, además, se vulnera convenios y tratados internacionales sobre derechos humanos. Por lo tanto, mediante el presente trabajo se propondrá una solución doctrinal, jurídica y jurisprudencial para la correcta aplicación de los principios de proporcionalidad y razonabilidad en las medidas cautelares de carácter personal, con el objetivo de no vulnerar derechos y garantías constitucionales. Con toda la información recabada, se podrá llegar a una conclusión, formulando un punto de vista propio e idóneo en materia penal y constitucional, prestando especial atención a la forma de interpretación que deben adoptar los jueces o tribunales respecto a la aplicación de los mencionados principios en el marco de las medidas cautelares de carácter personal.

Description

Citation

DOI