"Análisis de la aplicación del proceso abreviado en los delitos sexuales encontrados en flagrancia en Bolivia"
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Facultad de Derecho y Ciencias Políticas
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El procedimiento abreviado tiene carácter especial en el ámbito procesal penal. Puede proponerse desde la audiencia de formulación de cargos hasta la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio; requiere que se trate de un delito que tenga prevista una pena privativa de la libertad no mayor a diez años; que el procesado consienta expresamente tanto en la aplicación del procedimiento como en la admisión del hecho que se le atribuye, y que el defensor acredite que la persona procesada dio su consentimiento libremente, sin violación de sus derechos constitucionales. Cuando el juez de garantías penales acepta la petición y se trata de un delito flagrante, podría en la misma audiencia dictar sentencia condenando a la persona a cumplir una pena que en ningún caso será superior a la sugerida por el fiscal. Lo que pretende la presente monografía es analizar de que la aplicación del proceso abreviado en delitos de orden sexual específicamente en violación se aplique el proceso abreviado de oficio cuando el imputado sea encontrado en flagrancia perpetuado el delito siendo que no existiría atenuante o defensa alguna siempre y cuando se cumpla los parámetros que indica la teoría del delito con el único objeto de que la víctima no sea revictimizada por el sistema judicial para seguir el proceso que en la actualidad es muy dilatoso por diferentes factores entre ellos la burocracia de un sistema judicial muy formalista.