"Análisis comparado de la normativa que regula las obligaciones de los notarios de fe pública en la prevención del lavado de activos"

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Facultad de Derecho y Ciencias Políticas

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La presente investigación tiene por objeto el análisis comparado de las obligaciones de los Notarios de Fe Pública en materia de prevención de lavado de activos; la inquietud por su estudio surge a partir de Resolución Administrativa UIF/015/2021 de 25 de junio de 2021 sobre el INSTRUCTIVO PARA NOTARIAS Y NOTARIOS DE FE PÚBLICA EN PREVENCIÓN DE LA LEGITIMACIÓN DE GANANCIAS ILÍCITAS, FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO Y FINANCIAMIENTO DE LA PROLIFERACIÓN DE ARMAS DE DESTRUCCIÓN MASIVA; que incorpora a los Notarios de Fe Pública como sujetos obligados al reporte de operaciones sospechosas ante la Unidad de Investigaciones Financieras, quienes deben aplicar la debida diligencia con sus clientes y trabajadores; realizando un mayor control en las operaciones de compraventa de bienes inmuebles, muebles sujetos a registro, así como la constitución, modificación y disolución de sociedades comerciales. Con la finalidad de profundizar en el tema se realizó un estudio de la normativa internacional que rige en materia de prevención de lavado de activos, especialmente enfocadas en las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) que incluyen como sujetos obligados a los Notarios dentro las denominadas Actividades Profesionales No Financieras Asignadas (APNFD). A partir de ello se estudió la legislación boliviana existente en ésta área para compararla con la legislación de Perú y Chile. Tanto Bolivia, Perú y Chile son miembros fundadores del GAFISUD (ahora GAFILAT) y se encuentran comprometidos con el cumplimiento de la normativa existente en el GAFI y GAFISUD en cuanto a la prevención de lavado de activos y financiamiento al terrorismo; si bien en Bolivia es de reciente aplicación la incorporación de los Notarios como Sujetos Obligados; en Perú y Chile su aplicación ya tiene más tiempo. Producto de la comparación se identificó que en las legislaciones analizadas los Notarios tienen obligaciones similares en materia de prevención de lavado de activos; esto porque éstos países emiten sus normas en esta materia en función a las recomendaciones del GAFI; sin embargo, se identificó que en Perú las obligaciones de los Notarios son aún mayores y más minuciosas que en Bolivia, y tanto en el caso de Chile como Perú existen sanciones penales específicas por no cumplir con las obligaciones del sujeto obligado.

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