"Pago del justo precio, como valor real de la propiedad urbana expropiada"

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Facultad de Derecho y Ciencias Políticas

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El pago del justo precio se dirige a poner armonía entre las diferentes nociones que se tiene del tema; el conjunto de las reglas pertinentes integra el instituto del Justo Precio para proteger la propiedad privada expropiada; se aceptó que el hombre fuese privado de su propiedad cuando ésta fuese requerida; ello para satisfacer conveniencias públicas; mas con la finalidad de que la privación de la propiedad privada no implicase un agravio a esenciales principios de derecho, se dispuso que tal privación sólo podía efectuarse respetando las reglas del instituto del pago del justo precio o indemnización, superando la etapa del apoderamiento agraviante de la propiedad expropiada terminando así el ciclo en que invocando el dominio eminente, el Príncipe o Soberano se apoderaba de la propiedad de sus entonces súbditos, otorgando una supuesta, indemnización por todo perjuicio ocasionado por sus extra limitaciones, y cuando el soberano no podía conseguir un privilegio imperial lo hacía con la violencia; atributo que no está lejos en la actualidad pues, si se requiere un bien inmueble privado para utilidad pública, podría emerger un tipo de violencia económica, social y psicológica en estos tiempos sin ver el daño causado, ésta no era previa y nunca equivalía al valor efectivo de la cosa expropiada; pues el súbdito de antaño convirtiéndose en ciudadano con los derechos correspondientes a su personalidad. En el "Derecho Natural"; La justificación de esta indemnización, que estriba en la máxima de derecho natural, según la que, por justicia, se exige una recompensa proporcional a una aportación especial, se hace remontar hasta la «justicia distributiva» de Aristóteles, a cuyo tenor uno de los atributos esenciales de lo justo consiste en dar a cada uno lo suyo, expresando que es una medida de protección contra los abusos del rey, del príncipe, ya en el derecho natural protestante, se decía que. "La libertad y la propiedad son derechos que solamente pueden renunciar de modo personal, y ante ellos el Estado sólo puede actuar cuando hay consentimiento. Pero este consentimiento se produce justamente a través de la Ley, ya que ésta representa la voluntad del pueblo, tratada de forma general.

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