Implicaciones biojurídicas de la fotografía clínica en odontología
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El cirujano dentista se enfrenta a situaciones que requieren la aplicacin de conceptos bioticos, ya que el acto odonto lgico se rige por los mismos principios cientficos, ticos y legales que el acto mdico. Cuando se hace referencia a una imagen tomada al cuerpo de una persona en un tratamiento de odontologa, lo primero que hay que tener claro es que est de por medio su derecho a la vida privada, derecho a la intimidad, derecho a la imagen e incluso el derecho a la informacin. La legislacin mexicana prev que las imgenes fotogrficas, audiovisuales o de audio pueden generarse en la atencin a la salud, y en caso de que esto suceda, forma rn parte del expediente clnico, quedando protegido por su marco legal y el derecho de proteccin de datos personales en posesin de particulares o de instituciones gubernamen tales. Las fotografas contenidas en el expediente clnico del paciente se constituyen por datos personales de carcter sensible. As se destaca la importancia del consentimiento informado como un poderoso medio para asegurar el reco nocimiento de la